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El Autoconsumo Eléctrico: Centrales Eléctricas Virtuales en España
Escrito por Gerdo Dalhuizen
Gerdo Dalhuizen es el ganador de uno de los desafíos de ennomotive. Tiene amplia experiencia en generación de energía convencional y escribe este artículo a título personal.
Con la nueva Directiva 944/2019 y el nuevo Reglamento 943/2019, ambos de 5 de junio y del Parlamento Europeo y del Consejo, el papel de los agregadores independientes ha obtenido un impulso importante. Especialmente el Artículo 17 de la Directiva pide a los estados miembro el permiso y fomento de la participación de los agregadores independientes. Falta la implantación de esta normativa en la normativa española, antes de finales del 2020, para que los agregadores independientes pueden empezar a operar en España. Una CEV puede generar valor mediante la monitorización, predicción, optimización y el despacho de la generación o el consumo, así equilibrando las fluctuaciones en generación (renovable) y consumo de unidades controlables. Si una CEV tiene suficiente tamaño, puede dar el mismo servicio y redundancia que plantas de generación convencionales o (grandes) consumidores industriales y puede operar en los mismos mercados eléctricos que estos o vender servicios al operador del sistema.
Introducción
Con el RD 244/2019, de 5 de abril se eliminaron gran parte de las limitaciones al autoconsumo eléctrico y autoconsumo colectivo, impuestas en años anteriores. La integración de las instalaciones de la “modalidad de suministro con autoconsumo eléctrico con excedentes” en la red eléctrica española será una de las aceleradores más importantes para la creación de las Centrales Eléctricas Virtuales (Virtual Power Plants en inglés) en España. Las Centrales Eléctricas Virtuales tendrán un papel importante en la transición energética, dado que apoya las medidas indicadas en el RD-ley 15/2018, de 5 de octubre; la integración de renovables, la movilidad sostenible y la eficiencia energética. Las Centrales Eléctricas Virtuales también dan respuesta a varias propuestas incluidas en el informe “Comisión de Expertos de Transición Energética. Análisis y propuestas para la descarbonización” de marzo del 2018, sobre todo a las propuestas para el papel de las redes en los escenarios energéticos futuros y a la propuestas para una transición energética justa. En este artículo se indicará como diferentes autoconsumidores podrían ser integrados, juntos con otros productores y consumidores de energía (si es deseado), en Centrales Eléctricas Virtuales y que servicios pueden ofrecer las CEVs a los diferentes actores del mercado eléctrico.El Autoconsumo eléctrico en España
El autoconsumo eléctrico en España se empezó a regular en el 2011 mediante el RD 1699/2011, de 18 de noviembre, que "anuncia la futura y próxima regulación del suministro de la energía eléctrica producida en el interior de la red de un consumidor para su propio consumo que incentivará el autoconsumo eléctrico". En dicho RD, se fijó un plazo de 4 meses para elevar al Gobierno una propuesta de real decreto cuyo objeto sea la regulación de las condiciones administrativas, técnicas y económicas del consumo de la energía eléctrica producida en el interior de la red de un consumidor para su propio consumo. Sin embargo, con el RD 900/2015, de 9 de octubre, se frenó en seco gran parte de las iniciativas de autoconsumo eléctrico mediante lo que se nombró el “Impuesto al Sol”. No fue hasta el RD 244/2019, de 5 de abril cuando se eliminaron gran parte de las limitaciones al autoconsumo eléctrico y autoconsumo colectivo.Centrales Eléctricas Virtuales
Una Central Eléctrica Virtual (CEV) es una red de unidades de:- generación de energía descentralizadas (por ejemplo parques eólicos, paneles solares, cogeneraciones, etc.),
- consumidores de energía flexibles y
- sistemas de almacenaje, gestionada por un agregador (independiente) de la demanda.
Con la nueva Directiva 944/2019 y el nuevo Reglamento 943/2019, ambos de 5 de junio y del Parlamento Europeo y del Consejo, el papel de los agregadores independientes ha obtenido un impulso importante. Especialmente el Artículo 17 de la Directiva pide a los estados miembro el permiso y fomento de la participación de los agregadores independientes. Falta la implantación de esta normativa en la normativa española, antes de finales del 2020, para que los agregadores independientes pueden empezar a operar en España. Una CEV puede generar valor mediante la monitorización, predicción, optimización y el despacho de la generación o el consumo, así equilibrando las fluctuaciones en generación (renovable) y consumo de unidades controlables. Si una CEV tiene suficiente tamaño, puede dar el mismo servicio y redundancia que plantas de generación convencionales o (grandes) consumidores industriales y puede operar en los mismos mercados eléctricos que estos o vender servicios al operador del sistema.
Servicios del agregador independiente mediante una CEV
Los servicios que ofrece el agregador independiente son como una gestión de una parte de la red y pueden ser de interés para los diferentes actores del mercado eléctrico;- Prosumidores
- Generadores
- Consumidores
- Propietarios de sistemas de almacenaje
- Compañías Eléctricas
- Distribuidores de Electricidad
- Operador Sistema Transmisión (Red Eléctrica Española).